Alta y obligaciones

¿Qué bonificación de cuota existe para autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género o de terrorismo?

Actualizado: 2026-07-21

Respuesta

Respuesta rápida

Las personas con un grado de discapacidad reconocido, las víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo que se dan de alta como autónomas acceden a una bonificación de cuota más prolongada que la tarifa plana estándar, sujeta a los requisitos y la acreditación correspondiente.

Resumen claro

  • El grado de discapacidad exigido para acceder a esta bonificación específica suele fijarse en el 33% o superior
  • La duración de la bonificación amplía la de la tarifa plana general, con posibilidad de prórroga adicional
  • La acreditación de la condición (discapacidad, violencia de género o terrorismo) debe aportarse mediante el certificado oficial correspondiente
  • Es compatible con el resto de requisitos generales de la tarifa plana: no haber estado de alta en el periodo previo exigido

Explicación detallada

Qué debes saber

La tarifa plana general para nuevos autónomos no es la única bonificación disponible al iniciar actividad. Personas con discapacidad reconocida, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo cuentan con una bonificación reforzada, tanto en su duración como en las condiciones de prórroga.

Para acceder a ella, es necesario acreditar la condición correspondiente: certificado de discapacidad con el grado reconocido exigido, o la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo según la normativa que las regula. Sin esa acreditación formal, la Seguridad Social no puede aplicar la bonificación reforzada.

El resto de requisitos generales de la tarifa plana siguen aplicando: no haber estado de alta como autónomo en el periodo previo exigido por la normativa vigente, entre otros.

Como con cualquier bonificación, conviene comprobar las cuantías y plazos exactos vigentes en el momento del alta, ya que se han ido actualizando en distintas reformas del sistema de cotización.

Ejemplo práctico

Una persona con un grado de discapacidad reconocido del 40% se da de alta como autónoma por primera vez. Al acreditar su condición con el certificado oficial correspondiente, accede a la bonificación de cuota reforzada para este colectivo, con una duración superior a la de la tarifa plana estándar.

Base legal

Ley 20/2007, Estatuto del Trabajo Autónomo, y normativa de desarrollo sobre bonificaciones a la cotización de colectivos específicos.

Errores comunes

  • No aportar el certificado oficial que acredita la condición correspondiente.
  • Asumir que la bonificación reforzada se aplica automáticamente sin solicitarla.
  • Confundir esta bonificación con la tarifa plana general y sus plazos.
  • No comprobar las cuantías y duración vigentes en el momento concreto del alta.

Dudas relacionadas sobre este tema

Herramientas y recursos