Referencia rápida

Glosario fiscal para autónomos

Definiciones breves de los términos que más se repiten en dudas y guías, con enlace directo a la explicación completa cuando quieras profundizar.

Ir a la letra

A

Alta censal

Comunicación a Hacienda, mediante el modelo 036, del inicio de una actividad económica, indicando epígrafe IAE, régimen fiscal y demás datos censales.

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Autoconsumo (IVA)

Operación en la que un bien afecto a la actividad se retira para uso particular. A efectos de IVA se asimila a una entrega de bienes y debe autoliquidarse.

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B

Base de cotización

Importe sobre el que se aplica el tipo de cotización para calcular la cuota de autónomos. Se elige dentro de un rango mínimo y máximo según el tramo de rendimiento neto.

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Base imponible

Importe sobre el que se calcula un impuesto antes de aplicar el tipo correspondiente. En una factura, es el importe antes de sumar el IVA.

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C

Certificado de residencia fiscal

Documento expedido por la Agencia Tributaria que acredita tu residencia fiscal en España, necesario para aplicar los beneficios de un convenio de doble imposición.

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Convenio de doble imposición (CDI)

Tratado entre dos países para evitar que una misma renta tribute dos veces, normalmente limitando o eliminando la retención que uno de los países aplicaría en origen.

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Criterio de caja (RECC)

Régimen especial de IVA que permite declarar el IVA repercutido en el momento del cobro, en lugar de en el momento de emitir la factura.

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E

Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)

Figura que permite a un autónomo proteger su vivienda habitual frente a deudas de la actividad, hasta un límite de valor, cumpliendo requisitos de inscripción registral.

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Epígrafe IAE

Código que identifica ante Hacienda la actividad económica concreta que desarrollas, dentro de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

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Estimación directa simplificada

Régimen de IRPF por defecto para la mayoría de autónomos, con libros registro sencillos y un porcentaje de gastos de difícil justificación, sin exigir contabilidad mercantil completa.

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Estimación objetiva (módulos)

Régimen de IRPF solo disponible para actividades concretas, en el que el rendimiento se calcula aplicando módulos (indicadores como personal o superficie) en lugar de ingresos y gastos reales.

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F

Factura rectificativa

Documento que corrige o anula una factura emitida previamente con errores, referenciando la original y conservando ambas.

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Factura simplificada

Sustituto legal del antiguo ticket, con menos datos obligatorios que la factura completa. Solo admitida en operaciones de importe reducido o en sectores concretos.

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I

Inversión del sujeto pasivo

Mecanismo por el que, en determinadas operaciones (como los servicios B2B intracomunitarios), es el destinatario, y no el emisor, quien debe autoliquidar el IVA de la operación.

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IVA repercutido

El IVA que cobras a tus clientes en tus facturas de venta. No es ingreso propio: se recauda para ingresarlo después en Hacienda.

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IVA soportado

El IVA que pagas en tus compras y gastos de actividad. Es deducible cuando el gasto está afecto a tu actividad y cuentas con factura completa.

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M

Modelo 036 / 037

Declaración censal utilizada para el alta, modificación o baja de datos ante la Agencia Tributaria, incluido el epígrafe de actividad y el régimen fiscal. Desde el 3 de febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024), el modelo 037 quedó suprimido: todo trámite censal se presenta ya con el modelo 036.

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Modelo 130

Pago fraccionado trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa, a cuenta de la declaración anual de la renta.

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Modelo 303

Autoliquidación trimestral del IVA, donde se declara el IVA repercutido y el IVA soportado deducible de cada trimestre.

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Modelo 349

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, obligatoria para quienes realizan entregas o adquisiciones de bienes o servicios con otros países de la UE.

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Modelo 390

Resumen anual del IVA que recopila la información de los cuatro modelos 303 del ejercicio. Determinados autónomos pueden quedar exonerados de presentarlo.

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N

NIF-IVA

Número de identificación fiscal a efectos de IVA en operaciones intracomunitarias, verificable en el sistema VIES antes de facturar sin IVA a un cliente de otro país de la UE.

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P

Prorrata (IVA)

Regla para calcular qué porcentaje del IVA soportado puedes deducirte cuando realizas a la vez operaciones sujetas y exentas de IVA.

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R

Recargo de equivalencia

Régimen especial obligatorio para comerciantes minoristas persona física, en el que el proveedor repercute un recargo adicional al IVA y el minorista no presenta el 303 por esas ventas.

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RETA

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el régimen de la Seguridad Social en el que cotizan los autónomos.

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S

SII (Suministro Inmediato de Información)

Sistema que obliga a determinados sujetos pasivos (grandes empresas, grupos de IVA, inscritos en REDEME) a remitir el detalle de sus facturas a Hacienda casi en tiempo real.

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T

Tarifa plana

Bonificación temporal de la cuota de autónomos para quienes inician actividad y cumplen los requisitos, con una cuota reducida durante un periodo inicial.

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TRADE

Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente: autónomo que percibe al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, con derechos específicos reconocidos por ley.

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Tramo de cotización

Rango de rendimiento neto previsto que determina la base de cotización mínima y máxima aplicable a un autónomo dentro del sistema de cotización por ingresos reales.

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V

Veri*Factu

Desarrollo reglamentario que exige que el software de facturación cumpla determinados requisitos técnicos y permita remitir los registros de facturación a la Agencia Tributaria.

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