Facturación

¿Qué es el régimen especial del criterio de caja en el IVA y cuándo interesa aplicarlo?

Actualizado: 2026-06-12

Respuesta

Respuesta rápida

Con el criterio de caja, ingresas el IVA repercutido cuando cobras realmente la factura, no cuando la emites. A cambio, tampoco puedes deducirte el IVA soportado hasta que pagas tus propias facturas, y tus clientes también retrasan su deducción hasta que te pagan a ti.

Resumen claro

  • Régimen opcional (RECC) regulado en la Ley del IVA, pensado para autónomos y pymes con problemas de morosidad
  • Solo pueden acogerse quienes no superen un volumen de operaciones determinado en el año anterior
  • El IVA repercutido se declara cuando cobras (con un límite máximo de devengo a 31 de diciembre del año siguiente a la operación)
  • El IVA soportado tampoco se deduce hasta que pagas tus propias facturas: el beneficio no es automático en todos los casos

Explicación detallada

Qué debes saber

El régimen especial del criterio de caja (conocido como RECC) permite a determinados autónomos y pymes declarar el IVA de sus ventas en el momento del cobro efectivo, en lugar de en el momento de expedir la factura, que es la regla general (criterio de devengo).

Cómo funciona en la práctica

Si aplicas el criterio de caja, el IVA de una factura se devenga (se declara) cuando cobras, total o parcialmente, el importe correspondiente. Existe un límite: si no has cobrado, el devengo se produce, como máximo, el 31 de diciembre del año inmediatamente posterior a aquel en que se realizó la operación, aunque sigas sin cobrar.

La contrapartida que muchos olvidan

El criterio de caja no solo retrasa el IVA que declaras: también retrasa el IVA que te puedes deducir de tus propios gastos y compras, ya que solo puedes deducirte el IVA soportado en el momento en que pagas tus facturas de proveedores. Si sueles pagar tus gastos rápido pero tardas en cobrar de tus clientes, el régimen puede ayudarte a tu tesorería. Si es al revés, puede no interesarte.

También afecta a tus clientes

Si tus clientes son empresas o profesionales, ellos también verán afectada su deducción: no podrán deducirse el IVA de tu factura hasta que efectivamente te paguen, aunque ellos no estén en el régimen de caja. Es importante que lo tengan en cuenta, especialmente si trabajas con clientes grandes que gestionan de forma estricta su IVA deducible.

Cómo y cuándo se solicita

La opción se ejerce mediante el modelo censal 036, normalmente durante el mes de diciembre anterior al año en que quieres que empiece a aplicarse, o al darte de alta si empiezas actividad. Una vez dentro, el régimen se prorroga automáticamente salvo renuncia expresa o superación de los límites establecidos.

Ejemplo práctico

Facturas 3.000 € + IVA en octubre, pero tu cliente no te paga hasta febrero del año siguiente. Con criterio de caja, declaras ese IVA en el trimestre en que efectivamente cobras (febrero), no en el trimestre en que emitiste la factura (octubre), aliviando tu tesorería mientras esperabas el pago.

Base legal

Ley 37/1992 del IVA (artículos 163 decies a 163 sexdecies, régimen especial del criterio de caja).

Errores comunes

  • Pensar que el criterio de caja solo tiene ventajas, sin valorar el retraso en la deducción de tus propios gastos.
  • No informar a los clientes de que están en régimen de criterio de caja al facturar.
  • Olvidar el límite del 31 de diciembre del año siguiente si no ha habido cobro.
  • Solicitarlo fuera del plazo del modelo 036 y perder la opción para el ejercicio.

Dudas relacionadas sobre este tema

Herramientas y recursos