Alta y obligaciones
¿Qué particularidades fiscales tiene ser autónomo en Canarias, Ceuta o Melilla?
Actualizado: 2026-07-21
Respuesta
Respuesta rápida
Canarias tiene su propio impuesto indirecto (el IGIC) en lugar del IVA, y Ceuta y Melilla aplican el IPSI. Además, Canarias cuenta con incentivos fiscales propios, como la Reserva para Inversiones en Canarias, que no existen en el resto del territorio nacional.
Resumen claro
- El IVA no se aplica en Canarias, Ceuta ni Melilla: son territorios con régimen fiscal indirecto propio
- Canarias aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), con tipos y reglas distintas al IVA
- Ceuta y Melilla aplican el IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación)
- Canarias cuenta con incentivos fiscales específicos en la imposición directa, como la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
Explicación detallada
Puntos esenciales
España tiene varios territorios con un régimen fiscal indirecto distinto al del resto del país. Si tu actividad se desarrolla en Canarias, Ceuta o Melilla, el IVA que conoces del resto de España no es el impuesto que te corresponde.
Canarias: el IGIC en lugar del IVA
En Canarias se aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), un tributo propio con su propia estructura de tipos, generalmente inferiores a los del IVA peninsular. Si facturas desde Canarias, debes repercutir IGIC en lugar de IVA en tus operaciones interiores, con obligaciones de declaración específicas distintas del modelo 303.
Ceuta y Melilla: el IPSI
Ceuta y Melilla aplican el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI), con su propia normativa y tipos, también distinto del IVA. Si tu actividad se desarrolla en estas ciudades, el IPSI sustituye al IVA en tus operaciones locales.
Además de esta diferencia en la imposición indirecta, Canarias cuenta con incentivos fiscales propios en el ámbito de la imposición directa, como la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), que permite reducir la base imponible destinando parte del beneficio a inversiones en el archipiélago, y un régimen especial de tipos reducidos en el Impuesto de Sociedades para determinadas entidades (Zona Especial Canaria).
Si tu actividad implica operaciones entre estos territorios y el resto de España, o con otros países, conviene revisar con detalle las reglas de localización aplicables, ya que no siempre coinciden con las del IVA general.
Ejemplo práctico
Un autónomo que presta servicios de diseño desde Tenerife factura a sus clientes con IGIC, no con IVA, y presenta sus declaraciones periódicas conforme a la normativa canaria en lugar del modelo 303 general.
Base legal
Ley 20/1991, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y normativa reguladora del IPSI en Ceuta y Melilla.
Errores comunes
- Aplicar IVA en lugar de IGIC o IPSI por desconocimiento del régimen territorial.
- No adaptar el software de facturación a los tipos y reglas del IGIC o el IPSI.
- Desconocer los incentivos fiscales específicos disponibles en Canarias, como la RIC.
- No revisar las reglas de localización en operaciones entre estos territorios y el resto de España.
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