Facturación

¿Puedo facturar en dólares u otra moneda extranjera como autónomo?

Actualizado: 2026-08-05

Respuesta

Respuesta rápida

Sí, puedes emitir facturas en dólares, libras u otra moneda extranjera, pero a efectos de IVA y de tu declaración en España, los importes deben convertirse a euros aplicando el tipo de cambio oficial correspondiente al momento del devengo de la operación.

Resumen claro

  • No hay ningún impedimento legal para facturar en una divisa distinta del euro
  • La base imponible del IVA, si la operación está sujeta, debe reflejarse también en euros en la factura
  • El tipo de cambio a aplicar es el último publicado por el Banco Central Europeo antes del devengo de la operación
  • Las diferencias de cambio entre la fecha de facturación y la fecha de cobro tienen su propio tratamiento en tu contabilidad

Explicación detallada

Aspectos clave

Facturar en dólares, libras u otra divisa distinta del euro es perfectamente posible, especialmente habitual entre autónomos con clientes internacionales que prefieren pagar en su propia moneda.

Cuando la operación está sujeta a IVA español, la factura debe reflejar también el importe equivalente en euros, ya que es la moneda en la que se declara el impuesto en España. No basta con indicar el importe en la divisa extranjera sin más.

El tipo de cambio a utilizar para esa conversión es, con carácter general, el último tipo de cambio publicado por el Banco Central Europeo disponible en el momento del devengo de la operación, no el tipo del día en que finalmente cobres la factura si ambos momentos no coinciden.

Es habitual que exista una diferencia entre el tipo de cambio aplicado al facturar y el tipo vigente el día en que efectivamente cobras, especialmente si el cliente tarda en pagar. Esa diferencia de cambio tiene su propio tratamiento contable y fiscal, como resultado financiero derivado del tipo de cambio, distinto del importe de la operación original.

Si facturas de forma habitual en moneda extranjera, lleva un registro claro del tipo de cambio aplicado en cada factura, ya que será necesario para justificar la conversión ante cualquier comprobación y para cuadrar correctamente tu contabilidad.

Ejemplo práctico

Un autónomo factura 2.000 dólares a un cliente de Estados Unidos por un proyecto de desarrollo. En la factura indica el importe en dólares y su equivalente en euros según el tipo de cambio del Banco Central Europeo vigente en la fecha del devengo, y declara ese importe en euros en su IRPF y, si corresponde, en su IVA.

Base legal

Real Decreto 1619/2012, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y Ley 37/1992 del IVA sobre la determinación de la base imponible en moneda extranjera.

Errores comunes

  • Emitir la factura solo en la divisa extranjera, sin reflejar el equivalente en euros.
  • Aplicar el tipo de cambio del día del cobro en lugar del correspondiente al devengo de la operación.
  • No registrar el tipo de cambio utilizado en cada factura para justificarlo después.
  • Ignorar el tratamiento de las diferencias de cambio entre la facturación y el cobro efectivo.

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