Facturación

¿Cuál es el plazo legal máximo para que me paguen una factura entre empresas?

Actualizado: 2026-08-05

Respuesta

Respuesta rápida

Con carácter general, el plazo legal máximo de pago entre empresas es de 60 días naturales desde la entrega del producto o la prestación del servicio, salvo que exista un pacto expreso que lo reduzca, y sin que ese pacto pueda ampliar el plazo por encima del máximo legal.

Resumen claro

  • El plazo máximo de pago entre empresas está fijado por la normativa de lucha contra la morosidad, no queda solo a la libre voluntad de las partes
  • Si no hay pacto expreso entre las partes, se aplica un plazo por defecto más corto que el máximo legal permitido
  • Superado el plazo, se devengan automáticamente intereses de demora, con un tipo de referencia superior al habitual del mercado
  • Además de los intereses, la ley reconoce el derecho a una indemnización mínima por los costes de cobro derivados del retraso

Explicación detallada

Qué debes saber

Cobrar tarde es uno de los problemas más habituales para un autónomo, y la ley no deja este asunto completamente a la voluntad de cada empresa: existe un marco legal que limita cuánto puede tardar un cliente empresarial en pagarte.

La normativa de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales fija un plazo máximo legal de pago entre empresas, de forma que ningún pacto entre las partes puede ampliarlo por encima de ese límite, aunque sí puede acordarse un plazo más corto.

Si las partes no han pactado expresamente un plazo de pago, se aplica un plazo por defecto, más reducido que el máximo legal permitido, contado desde la fecha de recepción de la mercancía o la prestación del servicio, o desde la fecha de la factura si es posterior.

Superado el plazo aplicable, se devengan automáticamente intereses de demora a favor del acreedor, calculados con un tipo de referencia específico para operaciones comerciales, normalmente superior al interés legal del dinero ordinario, sin necesidad de que hayas reclamado expresamente ese interés en la factura.

Además de los intereses de demora, la normativa reconoce el derecho del acreedor a una indemnización mínima por los costes de cobro que le ha generado el retraso, con independencia de que pueda reclamar una compensación mayor si acredita haber soportado costes superiores.

Ejemplo práctico

Un autónomo entrega un pedido a una empresa cliente el día 1 de un mes, sin haber pactado expresamente el plazo de pago. Si la empresa no paga dentro del plazo por defecto aplicable, el autónomo tiene derecho a exigir los intereses de demora correspondientes al retraso, además de la indemnización mínima reconocida por los costes de cobro.

Base legal

Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, modificada por la Ley 15/2010.

Errores comunes

  • Pensar que el plazo de pago queda completamente a la libre voluntad de las partes sin ningún límite legal.
  • No reclamar los intereses de demora que corresponden automáticamente por el retraso en el pago.
  • Desconocer el derecho a una indemnización mínima por los costes de cobro derivados de la morosidad.
  • Aceptar de forma sistemática plazos de pago superiores al máximo legal sin cuestionarlos.

Dudas relacionadas sobre este tema

Herramientas y recursos