Contratar personal

¿Qué debo garantizar a mis empleados en vacaciones, permisos y bajas siendo autónomo empleador?

Actualizado: 2026-08-07

Respuesta

Respuesta rápida

Debes respetar un mínimo de días de vacaciones retribuidas al año, conceder los permisos retribuidos reconocidos por ley ante determinadas circunstancias personales, y gestionar correctamente los partes de baja médica de tus empleados, con independencia del tamaño de tu negocio.

Resumen claro

  • El mínimo legal de vacaciones anuales retribuidas es de 30 días naturales, salvo mejora por convenio colectivo
  • Existen permisos retribuidos reconocidos por ley para determinadas circunstancias personales, como nacimiento, matrimonio o fallecimiento de familiares
  • Como empleador, debes tramitar correctamente los partes de baja y confirmación de tus trabajadores ante una incapacidad temporal
  • El convenio colectivo aplicable a tu actividad puede mejorar estos mínimos legales, y debes aplicarlo si te corresponde

Explicación detallada

Consideraciones principales

Tener empleados implica garantizar una serie de derechos básicos que no dependen del tamaño de tu negocio ni de que exista o no un convenio colectivo específico: son mínimos legales que debes respetar en cualquier caso.

El descanso vacacional mínimo es de 30 días naturales al año por cada año completo de servicio, retribuidos como si el trabajador estuviera en activo. El convenio colectivo aplicable a tu sector puede mejorar este mínimo, nunca reducirlo.

La normativa laboral reconoce también permisos retribuidos ante determinadas circunstancias personales del trabajador, como el nacimiento de un hijo, el matrimonio, el fallecimiento de un familiar o el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público, entre otros supuestos, cada uno con su propia duración mínima reconocida.

Cuando un empleado se encuentra en situación de incapacidad temporal, como empleador tienes obligaciones de gestión: tramitar correctamente los partes de baja y confirmación ante la mutua o entidad gestora, y abonar la parte de prestación que, según el tipo de contingencia y los días transcurridos, corresponda directamente a la empresa antes de que se haga cargo la entidad gestora.

Revisa siempre el convenio colectivo que resulte aplicable a tu actividad: en muchos sectores mejora estos mínimos legales, tanto en vacaciones como en permisos, y aplicar solo el mínimo legal cuando corresponde un mínimo superior por convenio es un incumplimiento frente a tus empleados.

Ejemplo práctico

Un empleado comunica el fallecimiento de un familiar cercano. El autónomo empleador debe concederle el permiso retribuido correspondiente, cuya duración concreta consulta en el convenio colectivo aplicable a su actividad, ya que puede ser superior al mínimo legal general.

Base legal

Real Decreto Legislativo 2/2015, Estatuto de los Trabajadores (artículos 37 y 38, permisos y vacaciones).

Errores comunes

  • Aplicar solo el mínimo legal de vacaciones o permisos cuando el convenio colectivo reconoce condiciones superiores.
  • No tramitar correctamente los partes de baja y confirmación de un empleado en incapacidad temporal.
  • Descontar días de vacaciones por una baja médica que coincide con el periodo vacacional, sin aplicar la regla correcta de sustitución.
  • Desconocer qué convenio colectivo resulta aplicable a tu actividad concreta.

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