Facturación
¿Existe la retención de IVA? Cómo se combinan el IVA y la retención de IRPF en una factura
Actualizado: 2026-09-29
Respuesta
Respuesta rápida
En las facturas habituales entre autónomos y empresas en España no existe la retención de IVA. El IVA se suma a la base imponible y lo ingresa quien emite la factura en su modelo 303. Lo que se resta es la retención de IRPF, que se calcula sobre la base imponible (sin IVA) y la ingresa el cliente en Hacienda.
Resumen claro
- El IVA se suma a la base; la retención de IRPF se resta. Son dos impuestos distintos
- La retención se calcula siempre sobre la base imponible, nunca sobre el importe con IVA
- El IVA lo ingresa quien factura (modelo 303); la retención la ingresa el cliente que paga (modelo 111)
- Cuando una factura va sin IVA porque lo declara el cliente (inversión del sujeto pasivo), no es una retención
Explicación detallada
Consideraciones principales
La búsqueda «retención de IVA» suele nacer de mezclar los dos impuestos que aparecen en casi todas las facturas de un autónomo. En España, en las operaciones habituales, el IVA nunca se retiene: se repercute al cliente y se suma. Lo único que se retiene es una parte del IRPF de quien factura. En algunos países de Latinoamérica sí existen retenciones de IVA, lo que explica parte de la confusión, pero no es un mecanismo de las facturas ordinarias en España.
Qué se suma y qué se resta
El orden es siempre el mismo: partes de la base imponible, le sumas el IVA que corresponda y le restas la retención de IRPF, calculada también sobre la base. El resultado es lo que realmente cobras. Para saber qué tipo de IVA aplicar, consulta qué IVA corresponde en cada factura; para saber si procede la retención y de qué porcentaje, revisa cuándo se aplica la retención de IRPF en una factura.
Quién ingresa cada impuesto
El IVA lo cobras tú al cliente y lo ingresas en Hacienda en tu modelo 303 trimestral, después de restar el IVA de tus gastos. La retención funciona al revés: tu cliente se la queda al pagarte y es él quien la ingresa a tu nombre, normalmente con el modelo 111. Para ti es un adelanto de tu IRPF que luego descuentas en tu declaración.
Lo que se confunde con «retener el IVA»
Hay facturas que van sin IVA aunque la operación esté sujeta, porque es el cliente quien lo declara: es la inversión del sujeto pasivo, habitual por ejemplo al facturar a un cliente empresa de otro país de la UE. Tampoco es una retención: tú no cobras el IVA ni lo ingresas, y el cliente no te descuenta nada; simplemente el impuesto lo liquida él.
Consulta los porcentajes de retención vigentes en el cuadro de tipos de retención de IRPF 2026 de la Agencia Tributaria.
Ejemplo práctico
Un diseñador factura a una empresa un trabajo de 1.000 € de base imponible, con IVA del 21% y retención del 15%. La factura suma 210 € de IVA y resta 150 € de retención: el total a cobrar es 1.060 €. El diseñador ingresará los 210 € de IVA en su modelo 303 (menos el IVA de sus gastos), y la empresa ingresará los 150 € de retención en su modelo 111. En ningún momento se retiene IVA.
Base legal
Ley 37/1992 del IVA, artículo 84 (sujetos pasivos e inversión del sujeto pasivo) y artículo 88 (repercusión del impuesto); Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007), artículo 95 (retenciones sobre rendimientos de actividades económicas).
Errores comunes
- Calcular la retención de IRPF sobre el total con IVA en lugar de sobre la base imponible.
- Restar el IVA en la factura como si fuera una retención.
- Pensar que una factura con inversión del sujeto pasivo lleva «retención de IVA».
Preguntas frecuentes
¿Se retiene el IVA en las facturas en España?
No en las facturas habituales entre autónomos y empresas. El IVA se suma a la base imponible y lo ingresa quien factura; lo que se retiene es una parte del IRPF.
¿La retención de IRPF se aplica antes o después del IVA?
Se calcula sobre la base imponible, sin incluir el IVA. En la factura se suma el IVA a la base y después se resta la retención.
¿Quién paga la retención de IRPF de una factura?
La retiene el cliente al pagar y la ingresa en Hacienda a nombre de quien factura, normalmente con el modelo 111. Para quien factura es un pago a cuenta de su propio IRPF.
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